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21 mar 2012

HUELGA GEBERAL 29 DE MARZO

El dia 29 de Marzo de 2012 en España se ha convocado una huelga General por la mayoría de los sindicatos. Una Huelga General en contra de la Reforma Laboral  aprobada por el Gobierno de la Nación.

En todas  las Huelgas Generales ocurre siempre lo mismo, desde el gobiernos (incumpliendo su obligación como autoridad) y sus terminales mediaticas y no digamos desde los empresarios se tiende a que la Huelga sea un fracaso.

Empecemos por la ley para enterarnos.

Articulo 28.2 de la Constitución Española. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

¡Ah! ¡El mantenimiento de los servicios mínimos! Vamos a ver lo que dice el Constitucional sobre el asunto.

Esta potencial lesividad  general de la huelga en los servicios esenciales para la comunidad es lo que ha llevado al constituyente a prever las garantías que aseguren el derecho de la comunidad, prioritario respecto del derecho de huelga, a estas prestaciones vitales. Unas garantías que no pueden, sin embargo, vaciar de contenido el derecho de huelga o hacerlo impracticable (S.T.Co. 11/81). A ver si nos aclaramos los servicios mínimos y según el Constitucional no pueden ser de tal calibre que el derecho a la Huelga sea inútil. Ya en la huelga del metro de Madrid el tribunal fallo en contra del gobierno de Madrid por los servicios mínimos abusivos. Por favor los usuarios afectados que le hechen las culpas al gobierno por sus leyes no a los trabajadores

Sigamos con sentencias del Tribunal Constitucional que tanto les gusta a algunas personas.

Pero ¿cuál es el contenido esencial del derecho de huelga? Dos son las manifestaciones que el Tribunal Constitucional, sobre la base de la tradición y de la comunis opinio, hace en su ST. 11/81 sobre ese contenido esencial: de una parte, que el contenido esencial del derecho de huelga «consiste en la cesación del trabajo, en cualquiera de sus manifestaciones o modalidades que pueda revestir», y de otra, que el derecho de huelga, como derecho subjetivo de los trabajadores, consiste en «colocar el contrato de trabajo en una fase de suspensión y de ese modo limitar la libertad del empresario, a quien se le veda contratar otros trabajadores y llevar a cabo arbitrariamente el cierre de la empresa».

¡Nos enteramos! Esa milonga que ya empezó ayer el ministro del interior que hay que respetar el derecho a huelga, pero también el derecho al trabajo es una falacia al contraponer un derecho y otro. No veo yo al ministro del interior deteniendo a empresarios por despedir y no obedecer el derecho cnstitucional al trabajo que tanto se ampara en la Huelgas.

Señoras y señores el derecho de huelga no se contrapone al derecho al trabajo. El derecho a huelga es un derecho no una obligación,el que no quiera hacer huelga que no la haga, pero eso en el  DRAE se llama Esquirol:- 2.Adjetivo despectivo. Dicho de un trabajador: Que no se adhiere a una huelga.

Un Esquirol es una persona que está traicionando a los trabajadores porque está boicoteando su protesta para que no se lesionen los derechos de los trabajadores en su conjunto. Y que no me vengan con esas chorradas de que yo tengo derecho al trabajo, eso que se lo digan a todos aquellos trabajadores que según el juez tienen un despido improcedente y sin embargo el empresario en vez de devolverle su trabajo le da una indemnización y le pone de patitas en la calle…¡No jodamos con las palabras!

La huelga General es un Derecho Fundamental. ¿Y que dice la constitución al respecto? Los Derechos Fundamentales se contienen en la Constitución con plena fuerza normativa. De ahí que vinculen a todos los poderes públicos (artículo 53.1 CE), incluso al legislador.

¡A todos los poderes públicos! A ver si el gobierno se empeña en defender los derechos fundamentales de nuestra Constitución.



No es huelga política la que obedece al móvil de protestar contra una decisión de los poderes públicos que afecta al interés profesional de los trabajadores (S.T.C.T. 2 de noviembre de 1987 [A/26.727]) y la que reivindica mejoras en el ámbito general de las relaciones laborales (S.T.S. 19 de diciembre de 1989 [A/9.871]).

Alguno de los empresarios dicen que esto no va con ellos que esto es una huelga política.

¿Es que acaso la Reforma Laboral no les concierne?

¿Es que acaso la Reforma Laboral no es una ley retrograda que ha hecho el gobierno para que los empresarios tengan “derecho de pernada”?

¿Es que acaso la Reforma Laboral no tiene nada que ver con los salarios, el tiempo de trabajo y las condiciones laborales de los trabajadores?

Por favor vamos a portarnos con seriedad a la hora de hablar para que no tengamos que llegar al insulto que no es educado.

Cualquiera que viva en el mundo laboral de España sabe que hay un tanto por ciento muy elevado de trabajadores de pequeña empresa que, yo se y otros también saben,  dichos trabajadores están muy presionados a la hora de ejercer su derecho a huelga. Lo normal es: “si vas a la huelga estas despedido” Muchos pequeños comercios cierran las persianas con los trabajadores dentro haciendo inventario por ejemplo y sin que les dejen ejercer un derecho fundamental. Eso que hacen los empresarios no es “violencia”, pero lo que hacen los sindicatos con los piquetes informativos que es ir a ayudar a esos trabajadores para que ejerzan su derecho a la huelga y a informar de que es un derecho fundamental eso es “vandalismo”…¡anda y que os den! Los poderes públicos atendiendo a la constitución deberian detener a los empresarios que obligan a trabajar a sus empleados el dia de huelga.

Yo he estado en piquetes y hay gente que no se da cuenta que una huelga es el último recurso que les queda a los trabajadores para conseguir que sus DERECHOS sean escuchados.

Os digo que los sindicatos no son entes institucionales que tienen poder por si mismos. Los sindicatos son organizaciones de trabajadores que juntos podrán llegar a tener los derechos que el trabajo realmente tiene y que no solo es un “salario graciosamente dado según entiende el empresario” Los derechos de los trabajadores son derechos que corresponden a una distribución de la riqueza obtenida y ni el empresario, ni el capital deben y pueden recibir la parte del león de esa riqueza.

Desde el siglo XIX en adelante ninguno de los derechos que actualmente tienen los trabajadores han sido dados, todos y cada uno de ellos se han luchado y peleado y conseguido cuando los trabajadores han estado unidos, es un hecho histórico e irrefutable, mirad la historia del movimiento obrero con perspectiva y lo veréis. El individualismo entre los asalariados es el suicidio laboral.

Asalariados y asalariadas, empleados y empleadas el dia 29 es una HUELGA GENERAL importante porque se nos quitan muchos derechos con la Reforma Laboral. No hay mas defensa que la Huelga General.

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